Por: David A. Gómez Ferreira
El lenguaje como invención cultural, radica los principios constitutivos de la filiación del ente y de los grupos sociales, mediante las formas particulares en que se
desenvuelven los idiolectos, los dialectos y las lenguas, especialmente. Estas variantes lingüísticas dan forma
contextual y conceptual al carácter funcional del lenguaje.
En ese sentido, el enfoque funcional del lenguaje, como
elemento de estudio de la lingüística, permite instaurar su carácter
dinamizador de las transformaciones culturales de la comunidad, en la cual participa. Los
sentidos culturales que se activan proyectivamente hacia una mirada del
lenguaje de la comunicación y del lenguaje del conocimiento. Ambas
expresiones: comunicación y conocimiento, están siendo partícipes en el
desarrollo y optimización de los recursos lingüísticos con que se apoya el individuo o una
comunidad establecida.
Por otra parte, la escuela se considera como el
establecimiento que realiza el papel de sintetizador de la cultura y de
relación con el desarrollo de la sociedad. La escuela iguala y racionaliza los conocimientos. La
Declaración Universal de Derechos Lingüísticos ha establecido unos decretos (Sección II,
artículo 23), donde ésta ordena a la educación a fomentar y contribuir la
capacidad de autoexpresión lingüística y cultural de la comunidad donde es
adjudicada; siempre debe estar al servicio de la diversidad lingüística y
cultural.
En esto, es posible identificar que los ambientes de
interacción con los valores espirituales de la cultura y los patrones de la
identidad hacen que circule un lenguaje escolar de lo académico a la vida
cotidiana. Gracias a la educación se genera en el estudiante la identidad
profesional o la identidad personal (formación ciudadana) como también el
desarrollo de pensamiento, entre otros… En los derechos lingüísticos también se
declara (principios generales) que cada lengua es una
realidad constituida colectivamente y es en el seno de una comunidad que se
hace disponible para el uso individual, como instrumento de cohesión,
identificación, comunicación y expresividad creadora; también (principios
generales) en el ámbito personal y familiar todo el mundo tiene derecho a usar
su lengua.
Ciertamente,
se tiene que difundir el mensaje de que es necesario reconocer los derechos
lingüísticos como derecho humano fundamental en el plano político y educativo,
abogar por la justicia social y la autodeterminación, y crear programas
eficaces basados en la cultura de los estudiantes que les den la oportunidad de
beneficiarse del mundo global y multicultural en que están llamados a crecer.
Por último, hay que influir en los que formulan las políticas docentes mediante
la creación de medios para informar los logros académicos de los alumnos
(Educación, Artículo 30). Por dichas razones, la lengua y la cultura de cada
comunidad lingüística deben ser objeto de estudio y de investigación a nivel universitario;
Art 29. Este derecho no excluye el derecho de acceso al conocimiento oral y
escrito de cualquier lengua que le sirva de herramienta de comunicación con
otras comunidades lingüísticas.
Las culturas en las comunidades son activas
gracias a la vida funcional de los lenguajes. No hay otra manera de seguir
con la cultura en sí y de proyectar al
ser humano en sus procesos de identidad, ya que deben ser igualmente
funcionales (Principios generales) Art.8. Por consiguiente, todas
las comunidades lingüísticas tienen derecho a organizar y gestionar los
recursos propios con el fin de asegurar el uso de su lengua en todas las
funciones sociales, con respecto a esto también alude a que toda comunidad
lingüística tiene derecho a gozar de los medios de traducción directa o inversa
que garanticen el ejercicio de los derechos recogidos en esta Declaración, Art.
11. Según la administración pública y los organismos, contempla también que toda comunidad lingüística tiene
derecho a que su lengua sea utilizada como oficial dentro de su territorio, sustentado
en el Art. 15.
Esta
declaración quiere conservar las diferentes culturas existentes, protegiendo su
idioma, la cultura es una característica que define la identidad de una
persona. Los valores, costumbres, e historias comunes que caracterizan a una
cultura ejercen una profunda influencia sobre la manera en que una persona se
comporta, piensa, y mira al mundo. Por lo anterior, se hace referencia a la
identidad cultural, la cual abarca todo lo relativo al individuo, a su sentido
de pertenencia, a su sistema de creencias, a sus sentimientos de valía
personal. En resumen, es la suma total de los modos de vida forjados por un
grupo de seres humanos y transmitidos de generación en generación. Por ejemplo,
la identidad cultural soy yo, y tengo, el derecho de conocerla y entenderla. Al
darme cuenta de quién soy, es probable que mi forma de actuar manifieste rasgos
buenos de identidad. Pero, si por el contrario, se me fuerza a rechazar esa
identidad, echaré mano a todo un arsenal de rasgos negativos de identidad para
alejarme de quien soy. (Art 10) Todas las comunidades lingüísticas son iguales
en derecho. (Onomástica Art 32) Toda comunidad lingüística tiene derecho a
establecer, preservar y revisar la toponimia autóctona. Ésta no puede ser
suprimida, alterada o adaptada arbitrariamente, como tampoco puede ser
sustituida en caso de cambios de coyunturas políticas o de otro tipo.
Lo
importante de esta declaración es que dice que está “el derecho a la enseñanza
de la cultura y la propia lengua, el derecho a ser atendidos en su lengua en
los organismos oficiales y las relaciones socioeconómicas”. (Artículo 32). Esta
declaración fue propugnada y en la cual estuvieron en la
participación, 66 organizaciones no gubernamentales (ONG), 41 centros PEN y 41 expertos internacionales en
jurisprudencia lingüística. El objeto principal de la Declaración es promover
los derechos
lingüísticos, especialmente de los
hablantes de las lenguas en riesgo.
La
señora Rigoberta Menchú Tum (Premio Nobel de la paz de 1992) manifestó su convencimiento
de que el idioma es un vínculo, que también permite ver de diferentes maneras
el mundo según la cultura, de sus antepasados y que esto permite transmitir a
nuevas generaciones, así no se pierde la cultura un ejemplo es son los pueblo
indígenas de América Latina. Según esto se ve una gran característica que
define a los pueblo indígenas siendo esta la tradición oral, esta hace parte
del proceso de la formación y la educación.
La
Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos constituye un paso importante
en la lucha por lograr la igualdad entre las culturas y los pueblos. En el Art.
4, esta Declaración considera, en cambio, que la asimilación, entendida como la
aculturación de las personas en la sociedad que las acoge, de tal manera que
substituyan sus características culturales de origen por las referencias, los
valores y los comportamientos propios de la sociedad receptora, por lo que no
debe ser en ningún caso, forzada o inducida, sino que debe ser el resultado de
una opción plenamente libre.
Refiriéndose a esto, los indígenas tienen una manera peculiar
en transmitir su sabiduría, se conoce por la palabra oralitura que es cuando no
hay necesidad de la escritura. La invención de una lengua, es de cierta manera,
una forma de salir al mundo natural para advenir a la de la cultura humana,
social e histórica. Por ejemplo, en el pacífico colombiano, la formación de una
oralidad específica se distingue de particularidades fonéticas,
morfosintácticas, gramaticales y léxico-morfológicas del habla cotidiana, (Art
19). Este
derecho incluye las lenguas de las comunidades de asentamiento disperso
referidas en el artículo 1, párrafo 4. “Toda
persona tiene derecho al uso de su antropó- nimo en la lengua que le es propia
y en todos los ámbitos, y a una transcripción fonéticamente tan fiel como sea
posible a otro sistema gráfico cuando sea necesario”, (Onomástica) Artículo 34.
En
conclusión un terreno o espacio no simplemente es un lugar donde se cultiva, se
tienen los bienes sino un lugar de crecimiento, cultura, enseñanza, sabiduría,
acompañamiento, desarrollo, evolución; en estos lugares hay que preservar el
idioma porque es una parte fundamental del ser humano como ente de una sociedad
o comunidad, es también importante que se sepan los derechos lingüísticos ya
que se están perdiendo idiomas y con ellas van de la mano las culturas ejemplo
los indígenas que son los más representativos, para esto es que existen los
decretos y leyes promulgadas. El artículo 26 nos dice:
“Toda comunidad lingüística tiene
derecho a una educación que permita a todos sus miembros adquirir el pleno
dominio de su propia lengua, con las diversas capacidades relativas a todos los
ámbitos de uso habituales, así como el mejor dominio posible de cualquier otra
lengua que deseen conocer”.
Saber esto conlleva a
un mejor desarrollo como comunidad, gracias a la oralitura.
Vale
la pena finalizar mencionando que esta declaración tuvo apoyo de afamadas
personas a nivel internacional como:
La polaca Wislawa
Szymborska, Premio nobel de literatura en el 1996; el político Sudafricano Nelson
Mandela, premio nobel de la paz en 1993; el africano Buthelezi Mangosuthu, actualmente
ministro de asuntos interiores de sudafrica; Ronald Harwood, Homero Aridjis,
Noam Chomsky, José Ramos Horta, Dalai Lama, Dr. M. Aram, Desmond Tutu, Ricard
Maria, Adolfo Pérez, Josep Carreras, Seamus Heaney, Ngugi Wa, Shimon Peres,
Yasser Arafat, Octavio Paz, Judit Mascó, Peter Gabriel y Joan Oró.